¿Cuánto dinero recibirán tus familiares si falleces y eres afiliado al SIS o EsSalud?
El dinero otorgado por EsSalud o el SIS debe ser destinado para los gastos del sepelio del beneficiario fallecido y se deben cumplir los requisitos que mostramos a continuación.
Las ceremonia fúnebre es sumamente costosa.
Por Ayatola Nuñez
Los gastos que implica un sepelio son muy costosos en el Perú. Sin embargo, los deudos de los familiares que pertenezcan a EsSalud o el SIS tienen la posibilidad de recibir recursos para cubrir algunos de esos gastos contemplados en la última ceremonia de la que será protagonista un asegurado.
El doctor Hernán Ramos Romero, gerente central de seguro prestaciones económicas de EsSalud, detalló que la prestación por sepelio asciende a 2.070 soles, y se le otorga a la persona que cumpla con la condición de beneficiario y que acredite haber efectuado los gastos de los servicios funerarios por la muerte de un asegurado regular titular (activo o pensionista).
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Detalló que se debe presentar el Formulario 1010, llenado y firmado por el beneficiario, documentos que sustentan el gasto: comprobantes de pago originales, por los servicios funerarios, emitidos a nombre del beneficiario. En conjunto no deben exceder los 2.070 soles.
"Se consideran el nicho perpetuo, la sepultura, la cremación o ataúd y declaración jurada por otros servicios funerarios adquiridos como ataúd, capilla ardiente, carroza, coche de flores, trámites y/o preparación de cadáver", precisó.
El funcionario aclaró que estos requisitos se deben presentar en un periodo que no debe superar los seis meses, contados desde la fecha de fallecimiento del asegurado titular.
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En el caso del SIS, el gerente del asegurado, Iván Cárdenas, señaló que cuentan con un programa de prestaciones económicas para el tema de sepelio, que se lleva a cabo bajo la figura del reembolso.
"La familia hace los gastos respectivos y nos adjunta las boletas en un expediente”, explicó. Estos son lo siguientes requisitos que se deben presentar:
DNI del fallecido.
DNI de la persona que hará el cobro.
El documento de pago de los servicios funerarios emitidos a nombre del asegurado, entre ellos el ataúd, la capilla ardiente, el nicho, y el traslado del carro fúnebre al desde donde haya fallecido el asegurado, al velatorio y luego al cementerio.
El certificado que emite la Reniec.
A diferencia de EsSalud, el SIS tiene una escala para los reembolsos que varía según la edad de los asegurados fallecidos.
Si un bebé fallece en los primeros 28 días de su nacimiento, el familiar recibe 350 soles.
Del día 29 de vida a los 12 años, los allegados tendrán una retribución de reciben 750 soles.
A partir de los 12 años, el reembolso que reciben los deudos es de hasta de 1.000 soles
El dinero otorgado por EsSalud o el SIS debe ser destinado para los gastos del sepelio del beneficiario fallecido y se deben cumplir los requisitos que mostramos a continuación.
Las ceremonia fúnebre es sumamente costosa.
Por Ayatola Nuñez
Los gastos que implica un sepelio son muy costosos en el Perú. Sin embargo, los deudos de los familiares que pertenezcan a EsSalud o el SIS tienen la posibilidad de recibir recursos para cubrir algunos de esos gastos contemplados en la última ceremonia de la que será protagonista un asegurado.
El doctor Hernán Ramos Romero, gerente central de seguro prestaciones económicas de EsSalud, detalló que la prestación por sepelio asciende a 2.070 soles, y se le otorga a la persona que cumpla con la condición de beneficiario y que acredite haber efectuado los gastos de los servicios funerarios por la muerte de un asegurado regular titular (activo o pensionista).
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Detalló que se debe presentar el Formulario 1010, llenado y firmado por el beneficiario, documentos que sustentan el gasto: comprobantes de pago originales, por los servicios funerarios, emitidos a nombre del beneficiario. En conjunto no deben exceder los 2.070 soles.
"Se consideran el nicho perpetuo, la sepultura, la cremación o ataúd y declaración jurada por otros servicios funerarios adquiridos como ataúd, capilla ardiente, carroza, coche de flores, trámites y/o preparación de cadáver", precisó.
El funcionario aclaró que estos requisitos se deben presentar en un periodo que no debe superar los seis meses, contados desde la fecha de fallecimiento del asegurado titular.
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En el caso del SIS, el gerente del asegurado, Iván Cárdenas, señaló que cuentan con un programa de prestaciones económicas para el tema de sepelio, que se lleva a cabo bajo la figura del reembolso.
"La familia hace los gastos respectivos y nos adjunta las boletas en un expediente”, explicó. Estos son lo siguientes requisitos que se deben presentar:
DNI del fallecido.
DNI de la persona que hará el cobro.
El documento de pago de los servicios funerarios emitidos a nombre del asegurado, entre ellos el ataúd, la capilla ardiente, el nicho, y el traslado del carro fúnebre al desde donde haya fallecido el asegurado, al velatorio y luego al cementerio.
El certificado que emite la Reniec.
A diferencia de EsSalud, el SIS tiene una escala para los reembolsos que varía según la edad de los asegurados fallecidos.
Si un bebé fallece en los primeros 28 días de su nacimiento, el familiar recibe 350 soles.
Del día 29 de vida a los 12 años, los allegados tendrán una retribución de reciben 750 soles.
A partir de los 12 años, el reembolso que reciben los deudos es de hasta de 1.000 soles
Asimismo, resaltó que para recibir el reembolso, los familiares tienen un plazo de 60 días calendario para presentar la solicitud con los requerimientos. Si se vence el periodo, el SIS no reconocerá los gastos efectuados.
Fuente:https://larepublica.pe/economia/1348689-essalud-sis-dinero-recibiran-familiares-falleces-afiiliado-sis-o-essalud-citas-telefonos-fondos-disponibles
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