Enviado por nuestro amigo R.M. desde Francia.
Les leyes extraterritoriales estadounidenses engloban todas las actividades empresariales que tienen una relación con los Estados Unidos. Incluso cuando esas actividades se realicen fuera de sus fronteras, es suficiente que los Estados Unidos consideren que esas actividades tienen una relación con los su país.
Así, es casi imposible que una empresa pueda escapar a las leyes de extraterritorialidad estadounidenses. Para los Estados Unidos es suficiente que el dólar sea utilizado, hacer transacciones monetarias con una sede en los Estados Unidos, que haya un trabajador de nacionalidad estadounidense en una de las empresas concernidas o que la información circule por centrales data en el territorio estadounidense, etc.
La condición de la relación con el país es la base jurídica de todas las leyes consideradas como de orden público internacional por los Estados considerados. En teoría, la aplicación de sanciones no puede hacerse si las empresas tienen una relación directa con los Estado Unidos, por ejemplo una actividad sobre su territorio, el viaje de un trabajador en territorio de los Estados Unidos. Pero en realidad, la potencia estadounidense bloquea todo el sistema financiero.
Para realizar la mayoría de transacciones internacionales, las empresas necesitan cuentas bancarias en los establecimientos financieros. En sus contratos, se incluyen leyes de conformidad con las leyes internacionales en materia de control de exportaciones. Estos contratos se extienden a las disposiciones de la ley estadounidense.
La potencia económica de los Estados Unidos los hace actualmente inevitables. Por ejemplo, el Irán ha opuesto una acción contra la salida de los Estados Unidos del acuerdo sobre el nuclear firmado en Viena en 2015 bajo los auspicios de las Naciones Unidas. Ellos no se apoyan sobre una contestación de la ley estadounidense de extraterritorialidad en tanto que tal, sino sobre los tratados firmados entre los Estados unidos y el Irán con respecto a la aplicación de las leyes de extraterritorialidad a los asuntos iraníes.
Una manera de luchar contra esta hegemonía de los Estados Unidos, consistiría en una reciprocidad internacional. Un raro ejemplo europeo es: el reglamento sobre la protección de datos personales, el RGPD al cual los grupos de Internet estadunidense se han sometido.
Otra opción es que la Unión Europea planea crear un sistema monetario con compensaciones entre las monedas extranjeras que no pasaría por el dólar. Tres países han creado a comienzos de 2019 un mecanismo nominado “Instex”, una plataforma de troque internacional, pero que todavía no funciona.
Otro ejemplo de la acción de estas leyes es la Ley Helms-Burton contra Cuba, congelada desde 1996 y puesta en vigor a partir del 02/05/2019, permite a los exilados cubanos, enjuiciar en los tribunales federales estadounidenses, a las empresas de cualquier país que hayan realizado beneficios con las sociedades nacionalizadas después de la Revolución cubana de 1959.
También los Estados Unidos vigilan las inversiones chinas no solamente en su territorio sino también en los otros países. Se inquietan porque Europa vende mucho a China. Por eso, en 2018, la revisión del NSR (“National Security Reviews”) permite al presidente de los Estados Unidos, con un Trump particularmente agresivo, verificar y bloquear las inversiones sobre su territorio. Hoy en día los Estados Unidos designan quienes son sus “aliados comerciales” y quiénes no. Los Estados Unidos se inquietan que otros países abran la puerta a intereses, chinos por ejemplo, que pudieran afectar a los Estados Unidos. Por eso se atribuyen el derecho de vigilar las operaciones chinas en Europa por ejemplo.
Para compensar estas leyes, los otros países deberían agregar a sus leyes, medidas reciprocas a las practicadas por los Estados Unidos y autorizarse un derecho de control sobre lo que pasa en los Estados Unidos. Eso lo veremos cuando un día la Unión Europea tratara de bloquear una inversión extrajera en el territorio de los Estados Unidos.
Fuente : La Croix
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