En Lima, las ordenanzas municipales establecen que los ruidos molestos están prohibidos desde las 10 de la noche (22:00 horas) hasta las 6 de la mañana. Durante el horario diurno, el ruido también debe ser moderado, y las fiestas que excedan los límites permitidos en la noche pueden ser sancionadas.
Horario nocturno:
Se considera horario de 10:00 p.m. a 6:00 a.m. Durante estas horas, la normativa municipal prohíbe la generación de ruidos molestos.
Horario diurno:
Si bien no hay una prohibición explícita de fiestas, el ruido debe ser moderado y respetuoso con los vecinos. Las normativas buscan prevenir y controlar la contaminación sonora en general.
Denuncias:
Si experimentas una molestia por ruido que consideres excesiva, puedes presentar una denuncia a través de la línea gratuita de la Plataforma Nacional de Denuncias Ambientales, SINADA (Servicio de Información Nacional y Denuncias Ambientales). También se puede contactar a la Policía Local en el momento de la molestia para que tome las medidas correspondientes.

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